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Impuesto de transmisiones · ITP

Impuesto que paga el comprador al adquirir una vivienda de segunda mano. Su tipo lo fija cada comunidad autónoma y se calcula sobre el valor de referencia o el precio.

El ITP es el impuesto que abona el comprador de una vivienda de segunda mano. Es uno de los costes principales a sumar al precio de compra.

Su tipo lo fija cada comunidad autónoma y se aplica sobre el valor de referencia de Catastro o el precio escriturado, el que sea mayor.

El ITP en Canarias

En Canarias, el ITP por la transmisión de inmuebles es un tributo cedido a la comunidad autónoma. Con carácter general, el tipo aplicable a la compraventa de vivienda es del 6,5 %, según el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, del Gobierno de Canarias (BOCAN 2009/083). Para operaciones de alto valor pueden existir tramos o tipos diferenciados; conviene confirmar siempre el tipo vigente con la Agencia Tributaria Canaria antes de firmar.

IGIC frente a ITP

Una distinción clave en Canarias: el ITP grava la segunda mano. En la primera entrega de vivienda nueva, en cambio, no se paga ITP sino IGIC, el Impuesto General Indirecto Canario (Ley 20/1991). Saber cuál de los dos corresponde a tu operación determina el coste real de la compra.

Conviene calcularlo desde el principio para conocer el coste total. El siguiente paso del proceso suele ser comprobar la cédula de habitabilidad de la vivienda. Para el detalle aplicable a tu caso, consulta con un asesor.

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